El Pleno del Senado de la República avaló, con 77 votos, un dictamen para garantizar el principio de paridad de género o igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en empleos, así como el derecho fundamental a la no discriminación en las ofertas laborales. Al respecto, los senadores reformaron el artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Esta establece que la integración de la plantilla laboral, de preferencia, deberá conformarse de manera paritaria, así como sus puestos directivos. También plantea la existencia y aplicación de un código de ética que prohíba la discriminación de género y violencia en contra de las mujeres. Incluso, que se definan sanciones internas por su incumplimiento. Además, agregaron que debe impulsarse un plan de capacitación y profesionalización en igualdad laboral y no discriminación para el personal del centro de trabajo. Las y los senadores consideraron que la ausencia de mujeres en cargos directivos de empresas privadas y públicas se debe a razones multifactoriales. Sin embargo, coincidieron en que esto representa una de las consecuencias de la desigualdad social, económica y cultural en contra de las mujeres. Posteriormente, reformaron la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para que el Ejecutivo considere como un lineamiento para la Política Nacional en Materia de Igualdad, la participación igualitaria y el reconocimiento de las mujeres en las ciencias de la salud. Así como para que se promuevan las investigaciones con perspectiva de género en materia de salud. En ese sentido, subrayan que, en todas las ocupaciones médicas, con excepción de la enfermería, los hombres tienen una mayor percepción salarial que las mujeres. Mientras que, solo el 6% de ellas, en el sector salud, ocupan posiciones directivas, en las que además ganan 22% menos que los hombres.