La Comisión de Justicia del Senado de la República, aprobó el dictamen sobre la denominada «Ley Ingrid». La cual busca castigar a quien difunda imágenes de víctimas de agresiones, particularmente de mujeres, quienes podrán enfrentar de seis hasta 10 años de prisión. El proyecto aprobado por unanimidad, adiciona un artículo 225 bis al Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos contra la administración de justicia. Y establece que quien resulte culpable de este ilícito, se le impondrá una pena de seis a 10 años de prisión. Así como una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización. La propuesta nombrada en memoria de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio. Mismo que salió a la luz luego de que dos agentes de la Fiscalía que acudieron al levantamiento del cadáver capturaron y difundieron imágenes sobre el crimen. La «Ley Ingrid» plantea que se castigue a la persona servidora pública que difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencia, objetos, e instrumentos relacionados con cadáveres de niñas, niños, adolescentes o mujeres que obren en una carpeta de investigación. Además, se aprobó un proyecto que busca aumentar hasta en una mitad más las penas ya establecidas para los delitos de lenocinio, intimidación, abuso sexual, violación, amenazas y lesiones, cuando la víctima se encuentre embarazada al momento de la comisión del delito. Esta propuesta busca prevenir y, en su caso, establecer los tipos penales que permitan castigar con la debida severidad, aquellas conductas que se traduzcan en violencia durante la etapa del embarazo. Con la finalidad de evitar graves afectaciones durante el embarazo y que ello pueda incidir o limitar el desarrollo del feto o bebé.