Luis María Aguilar Morales, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retiró, finalmente, el proyecto de eliminar la prisión preventiva oficiosa.
Después de dos días de debate, Aguilar Morales anunció que retiraría la propuesta para presentar, en un momento dado, un nuevo proyecto, donde incluirá las consideraciones del resto de los ministros y otra perspectiva.
Sobre la prisión preventiva oficiosa
Propuso declarar la invalidez del artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales y del artículo 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional por establecer la prisión preventiva de forma oficiosa, absoluta, desproporcionada y automática.
“Aquí me permito señalar, que no se propone, en este caso, que la prisión preventiva, en general, desaparezca”, aclaró. Señaló que se propone que la prisión preventiva se dicte únicamente cuando esté debidamente justificada o motivada por causas y razones legítimas, y consistentes. Sostuvo que la ésta es la medida más severa que se puede aplicar a una persona acusada de un delito.
Dijo que su aplicación debe ser excepcional y debe estar limitada a los principios de legalidad, presunción de inocencia, de necesidad y de proporcionalidad. Además, agregó, debe estar sujeta a un plazo razonable y no tener una duración indefinida, pues podría considerársele como una pena anticipada.
“La propuesta únicamente pretende proteger los derechos de las personas, sobre todo, de aquellas más pobres y vulnerables, que no siempre tienen acceso a una defensa adecuada y que muchas veces son el sustento de su familia”, indicó.
Contexto del proyecto
El proyecto resolvía la acción de inconstitucionalidad 130/2019 y su acumulada 136/2019. Éstas fueron promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y diversas Senadoras y Senadores del Congreso de la Unión.
Éstos consideran que se violan diversos artículos de la Constitución Política. Asimismo, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Señalan la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, a la libertad personal, a la libertad de tránsito, al debido proceso legal y a la presunción de inocencia, así como al principio de excepcionalidad de la prisión preventiva oficiosa.

Opiniones de los ministros sobre la prisión preventiva
En contra
La ministra, Yazmín Esquivel Mossa, precisó que la SCJN no puede privilegiar la observancia de un tratado internacional e ir contra la Carta Magna. “La Suprema Corte de Justicia de la Nación carece de atribuciones para inaplicar la Constitución”, afirmó.
Asimismo, comentó que los derechos humanos no solo rigen para las personas involucradas en la comisión de un delito, también para el resto de los habitantes del país. “Es por ello que me pronuncio a favor de preservar en la Constitución la prisión preventiva oficiosa”, indicó.

A su vez, el ministro Alberto Pérez Dayán, expresó que, por controvertida que pueda resultar la figura, “no son los jueces constitucionales ni la SCJN en quien recae el deber de enmendar el vicio que la provoca”, sino en la representación nacional, en su carácter de Poder Reformador.

También, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, recalcó que inaplicar representa “un punto de no retorno en la historia constitucional de México” del que jamás podrían volver: “una vez tocada por nosotros así la Constitución, esa puerta quedará siempre abierta”.

Neutralidad
En un tono más neutral, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo expresó que la ruta de solución y que la línea argumentativa no tiene por qué necesariamente pasar por el cuestionamiento de la inconvencionalidad de la figura de la prisión preventiva oficiosa establecida en el artículo 19 constitucional.

En el mismo tenor se expresó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. “No tengo duda: la prisión preventiva oficiosa, prevista por el artículo 19 constitucional, es irreconciliable con los derechos humanos que nuestra propia Constitución obliga a reconocer”. Sin embargo, aun cuando compartió la conclusión central del proyecto, se apartó de sus consideraciones.

A favor
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá consideró que incumple con los derechos humanos de libertad personal y presunción de inocencia de los imputados.

Por su parte, la ministra Loretta Ortíz Ahlf, consideró que, en su opinión, cuando es justificada, no vulnera ni atenta contra el derecho a la libertad personal ni contra el principio de presunción de inocencia.
Mencionó que puede ser solicitada por el ministerio público solo cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio y el desarrollo de la investigación. También, en la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad.

En su intervención, el ministro Javier Laynez Potisek, acotó que el “uso excesivo y abusivo” de la prisión preventiva y el incremento a nivel constitucional de delitos “colocan al ciudadano en el peor de los escenarios posibles”. Coincidió en que esto no significa eliminar la prisión preventiva.

Al hacer uso de la voz, la ministra Norma Lucía Piña Hernández subrayó que es incorrecto aseverar que, si se llegara a eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa, ya no se garantizará la seguridad, el vivir en paz y el castigar a los delincuentes.

Añadió que ésta no garantiza la presunción de inocencia y su imposición se convierte en una pena anticipada y rompe su carácter excepcional.
El presidente de la SCJN a favor
Durante su participación, el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aseguró que los derechos humanos también son constitucionales, al igual que el artículo 19. Se pronunció a favor del proyecto y precisó que la prisión preventiva no es la única manera de salvaguardar la seguridad nacional.
Acotó que no está a discusión la prisión preventiva, sino la oficiosa o en automático. Y tampoco quiere decir que todas las personas que están en prisión preventiva van a salir en libertad.

“Pero lo cierto es que la prisión preventiva oficiosa en nuestro país tiene a miles de personas en la cárcel. La mayoría de ellos son pobres, los olvidados y marginados, que no tienen quién los defienda y afecta, de manera particular, a las mujeres.
“Vayamos a las prisiones y díganme ¿cuánta gente rica hay? Y vean cuánta gente pobre hay, a cuántas personas se les fabrican delitos o se les pone un agravante para que —ya— no puedan salir y se pasen diez, 12, 17, 20 años en una prisión preventiva oficiosa sin que se les dicte sentencia.
“Esta es una profunda injusticia que padece el pueblo de México todos los días”, reflexionó.
Cabe recordar que el presidente, Andrés Manuel López Obrador, se opuso al proyecto de la SCJN.