La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantuvo la prisión preventiva oficiosa, pero la eliminó para los delitos fiscales.
Los delitos que entran en la categoría de fiscales son la defraudación fiscal, facturación falsa y contrabando. Es decir, declararon inválidas las reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales que impulsó el presidente, Andrés Manuel López Obrador.
Los también llamados “delitos de cuello blanco” tendrán que ser justificados por la autoridad competente para aplicar o no la prisión preventiva; o bien, dejará de ser automática. Aquellos que cometan este delito, podrían librar la cárcel.
El debate, que inició el pasado martes en el Pleno de la SCJN, concluyó este jueves. Al respecto, 9 de 11 de los ministros apoyaron la propuesta del proyecto que presentó Luis María Aguilar Morales, acerca de que éstos no pueden ser considerados como un ataque a la seguridad nacional.
Respecto al tema de eliminar la prisión preventiva oficiosa para homicidio, violación, secuestro, trata de personas, narcotráfico, feminicidio, entre otros, los ministros votaron en contra.
Cabe recordar que esta es la tercera vez que se intenta discutir el asunto en el Pleno de la Suprema Corte. La primera hace un par de años, y la segunda, apenas dos meses atrás. En la última, el ministro proponente decidió retirar el proyecto y hacer ajustes a la propuesta.
Este día, tampoco logró tener el voto a favor de todos los colegiados, ya que solo 5 apoyaron el proyecto. Sobre esto, guilar Morales propuso que, en lugar de inaplicar totalmente la prisión preventiva oficiosa, ahora se aplicara particularmente caso por caso.
Algunos ministros que se opusieron sostuvieron que la medida cautelar se da para evitar que, aquellos que cometieron estos delitos considerados como graves, puedan huir de la justicia, así como el proteger la vida de las víctimas.