El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los estados de la república no pueden crear sus propias leyes sobre extorsión. La razón es directa: tras la reforma constitucional de 2025, la extorsión y su definición como delito son ya facultad exclusiva del Congreso federal, no de las legislaturas locales.
¿Qué cambió y por qué la Corte tiene razón en aplicarlo?
Todo arranca el 9 de octubre de 2025, cuando el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto que reformó el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución. En pocas palabras: se sumó la extorsión a la lista de delitos sobre los que solo el Congreso de la Unión puede legislar, junto con secuestro y desaparición forzada, entre otros.
Con ese cambio en la Constitución, cualquier norma estatal que tipifique o sancione la extorsión por su cuenta queda automáticamente fuera de lugar. La Corte no inventó nada: simplemente aplicó lo que el Constituyente Permanente ya había decidido. El Pleno resuelve en consecuencia que esas disposiciones locales son inválidas.
Por qué te importa la extorsión como facultad exclusiva del Congreso
Antes de la reforma, cada estado tenía sus propias reglas: distintos tipos penales, distintas penas, distintas agravantes. Eso creaba un mapa roto donde te podían cobrar una extorsión de manera muy diferente dependiendo de en qué estado vivieras. La discrepancia normativa generaba vacíos legales que los extorsionadores sabían aprovechar.
Los números explican la urgencia: en enero de 2025 se registraban casi 30 extorsiones diarias en promedio, un incremento del 57% respecto a seis años antes. Y según el INEGI, en 2023 la extorsión fue el delito más frecuente contra unidades económicas, con un costo superior a 124 mil millones de pesos, equivalente al 0.51% del PIB.
Con la resolución de la Corte, ese mosaico caótico empieza a cerrar: una sola ley general para todo el país, con tipos penales homologados, agravantes uniformes y coordinación entre los tres niveles de gobierno.
El Congreso tiene 180 días para entregar la ley
La reforma constitucional no solo le quitó la pelota a los estados, también le puso un reloj al Congreso: 180 días a partir del 10 de octubre de 2025 para expedir la Ley General en Materia de Extorsión. Eso ubica la fecha límite alrededor de abril de 2026.
La iniciativa presidencial que ya circula en San Lázaro propone penas de seis a 15 años de prisión y contempla tres grupos de agravantes. También busca que el delito se persiga de oficio, es decir, que no dependas de ir a denunciar para que el Estado actúe.
La iniciativa fue impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum y contó con el apoyo de prácticamente todos los partidos en comisiones, lo que no es poca cosa en el Congreso actual. Lo que sigue es que el pleno de ambas cámaras la apruebe en su versión definitiva.
¿Y los estados que ya tenían leyes propias?
Aquí está el punto que más importa en lo inmediato: los congresos locales que habían legislado sobre extorsión —algunos con más rigor, otros con más huecos— verán sus normas derogadas en el momento en que entre en vigor la ley general federal. No es negociable.
Algunos estados incluso estaban en proceso de actualizar sus códigos penales cuando llegó la reforma constitucional. Por ejemplo, el Congreso de Durango tenía en trámite una iniciativa para reformar su Código Penal en materia de extorsión justo cuando el piso constitucional cambió bajo sus pies.
La resolución de la Corte manda una señal clara a cualquier legislatura local que intente moverse en este terreno: ya no es su cancha. El partido se juega ahora en el Congreso federal, y punto.
La extorsión en contexto: el delito que no para de crecer
El dato que más debería incomodar: la extorsión es el único delito de alto impacto que no bajó entre 2019 y 2025. Mientras otros ilícitos mostraban cierta estabilización, este siguió subiendo. En el primer trimestre de 2025 se contabilizaron casi 5,887 víctimas oficiales, aunque los expertos en seguridad advierten que la cifra negra —los casos no denunciados— puede ser hasta diez veces mayor.
El contexto también importa cuando hablamos de quién extorsiona: en estados como Guanajuato, Estado de México, CDMX y Nuevo León se concentran más de la mitad de los casos. Son territorios donde grupos criminales han convertido la extorsión en un modelo de negocio tan rentable como el tráfico de drogas. Una ley general homologada, en teoría, debería facilitar que la Fiscalía General de la República tome casos que antes quedaban atrapados en disputas de competencia entre fiscalías locales y federales.
Y eso conecta con algo más grande: la disputa política sobre quién controla la seguridad en México no es solo retórica. Cada vez que el gobierno federal centraliza una facultad penal, los estados pierden un pedazo de su autonomía en materia de justicia. Eso puede ser bueno si el estándar federal es más alto; puede ser riesgoso si la ley general termina siendo tan general que no sirva para nada concreto.
Lo que sigue
La Corte ya habló. Ahora el peso recae sobre el Congreso: tiene que entregar una ley que realmente funcione, no un documento para foto. La unificación de criterios es un primer paso necesario, pero sin fiscales con recursos, sin coordinación real entre instituciones y sin atención a víctimas, la ley más perfecta del mundo sigue siendo papel.
La extorsión como facultad exclusiva del Congreso es un cambio estructural importante. Si se aprovecha bien, puede cerrar huecos legales que los delincuentes llevan años explotando. Si se hace mal, solo cambia quién firma la norma inútil.




